PRESENTACIÓN


Entendemos, que “la democracia es una forma de vida”,
que “todo sistema político es relativo en cuanto a sus beneficios generales, por cuanto mientras beneficia a unos perjudica a otros; y
que todo sistema político es temporal y, por lo mismo, hay que considerarlo válido tan solo para una etapa de transformación evolutiva de una condición socio-política a otra”.
Creemos que todo modelo socio-político está sujeto a las transformaciones que los requerimientos de cambios demanden para satisfacer y superar la diversidad de necesidades y carencias de las diferentes poblaciones y realidades.

En este contexto, nuestras propuestas cívico-políticas tienen entre sus propósitos:

  1. El pleno ejercicio del Derecho de Autodeterminación de los individuos y de los pueblos. Voto facultativo.
  2. La defensa de la verdadera libertad, que es “el respeto de la voluntad de las mayorías pero siempre sin atentar contra los supremos derechos humanos de las minorías”.
  3. El respeto de los Principios Contractuales del Estado de Derecho[1].
  4. La aprobación plebiscitaria de la Constitución, Leyes y Tributos que regulen la vida ciudadana.
    Distrito electoral uninominal, plurinominal.
  5. La autonomía –no independencia- económica, administrativa y política de los gobiernos locales y regionales. Descentralización Autogestionaria. .
    Descentralización de los servicios de salud e instrucción pública con participación de la comunidad organizada.
  6. El fortalecimiento, capacitación, desarrollo y progreso de la familia, dará por extensión la del pueblo en su conjunto.
  7. La superación de los perjuicios que la desnutrición crónica ocasionan al principal recurso de la nación: el recurso humano (en el año 2000 el 25% de los niños sufría de desnutrición crónica -INEI-).
    Si aspiramos a alcanzar el desarrollo, lo primero es impedir el daño que produce la pobreza extrema y la desnutrición.
    Como Nación, necesitamos concebir un Proyecto Nacional de Desarrollo Humano que resuelva y prevenga, en el tiempo, las causas y efectos del problema.
  8. El pleno ejercicio de los derechos reproductivos.
  9. La creación de un Programa Nacional de Procreación Responsable para propiciar un crecimiento demográfico en armonía con el crecimiento económico y así contribuir a la reducción de la pobreza.
  10. La promoción de la formación moral y ética. Programa Nacional de Conformación Moral y Ética.
    El
    Consejo de Cultura Nacional.
  11. El fomento y defensa de la iniciativa privada respetuosa del Estado de Derecho; para la generación de fuentes de riqueza.
  12. El fomento de las actividades agropecuarias y de transformación, porque en ellas están las posibilidades de evolución económica y social de nuestros pueblos.
  13. Respeto y protección de la propiedad privada.La propiedad privada es sagrada.
  14. La eliminación de la exacción tributaria. Instituir un Consejo Consultivo Ciudadano que delibere y aconseje acerca de los compromisos que enajenen las reservas tributarias que son patrimonio nacional.
  15. El fomento de una superior calidad de vida para las personas con discapacidad y sus familias.
  16. Que el Estado Gobierno cumpla con su rol de equilibrar las diferencias entre los sectores ciudadanos, administrando los bienes y los intereses de todos por igual, sin inclinarse a ninguno en particular.

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[1]DE LOS PRINCIPIOS CONTRACTUALES DEL ESTADO DE DERECHO
“La interrelación del ser humano con las instituciones socio-políticas del Estado, establece una nueva condición humana: La del ciudadano.
Las relaciones entre el ciudadano y el Estado comprometen beneficios mutuos.
El ciudadano (persona natural o jurídica) se compromete a respetar las leyes y el Estado a garantizar, con estas leyes, los derechos del ciudadano”.
“El Estado tiene el deber de garantizar los derechos de las mayorías sin detrimento del derecho justo de las minorías.”
“El Estado Gobierno sólo podrá ejercer sus derechos cuando cumpla ejemplarmente el deber de garantizar los derechos del Estado Pueblo”.
“El derecho de toda entidad pública, termina donde empieza el derecho de toda entidad privada (persona natural o jurídica)”.
“Si en el ejercicio de sus atribuciones, el Estado Gobierno, ocasiona perjuicios a una persona natural o jurídica, tiene la obligación de resarcir proporcionalmente al daño causado”.
“El Estado y toda persona natural o jurídica, están obligados a corresponder contractualmente a los beneficios o perjuicios que el ejercicio de sus derechos ocasione”.


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